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El mes pasado se publicaban en el BOE tres nuevas Normas Técnicas de Interoperabilidad (NTI), completando con ello gran parte de las previstas por el ENI. En concreto, fueron aprobadas las normas técnicas para:

Sin embargo, en este post quiero centrarme en la última, la norma técnica para los
Protocolos de Intermediación de Datos
Con esta norma se pretende dar cobertura técnica a parte de lo establecido hace tiempo por las leyes 30/1992 «Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común» y 11/2007 «de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos», donde se establece el intercambio de datos entre las distintas administraciones públicas en beneficio del ciudadano.
En concreto, y citando ambas leyes, los ciudadanos tenemos derecho a:
- Ley 30/1992 Art. 35 literal f): «A no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante«.
- Ley 11/2007 Art. 6 «derechos de los ciudadanos», literal 2b: «A no aportar los datos y documentos que obren en poder de las Administraciones Públicas, las cuales utilizarán medios electrónicos […]«
O si nos vamos más lejos aún, los
- Reales Decretos 522 y 523 de 2006 que suprimen la aportación de fotocopias de documentos acreditativos de identidad y la exigencia de aportar el certificado de empadronamiento como documento probatorio del domicilio y residencia en los trámites de la AGE.
Imagino a muchos de vosotros echando las manos a la cabeza al leer estos artículos y os preguntaréis: «¿y entonces por qué me pidieron la fotocopia de mi DNI, el certificado de empadronamiento, o el certificado de trabajo de mi empresa?». Sin ir más lejos la semana pasada me tocó presentar mi certificado de empadronamiento, y me volverá a tocar dentro de una semana para solicitar el DNI a mi hija.
Y entonces, ¿dónde reclamamos estos derechos?

Como mencioné en mi anterior artículo «La Generación TIC del 2007», son muchos los avances realizados en esta materia, pero son muchos más los que quedan por recorrer. No en vano, en esta NTI se describe el papel fundamental que ya viene haciendo la Plataforma de intermediación del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, instrumento tecnológico que ya permite el intercambio de datos entre las distintas administraciones públicas adscritas.
En tiempos de Crisis
Como no podía ser de otra forma, corren unos tiempos en los que toda medida de ahorro (y no recorte) debería ser de obligado cumplimiento. Medidas como el intercambio de datos entre las distintas administraciones sin duda supone una inversión acertada.
Según los números publicados en una de las presentaciones del proyecto «Datos»: Servicio de Verificación y Consulta de Datos: Plataforma de Intermediación, el coste de la emisión de un «volante» con los datos de residencia solicitados por otra institución, es de unos 10 euros.
Si tomamos el dato de 2010, con más de 2,5 millones consultas realizadas, estaríamos hablando de más de 25 millones de euros de ahorro.
Mi visión personal
En esta ocasión el marco regulatorio no es el problema, como podemos comprobar, pero algo sigue sin encajar en la voluntad de las administraciones para que estas normas se cumplan y sean más perceptibles por la ciudadanía.
En mi opinión, falta un régimen sancionador que apriete a los dirigentes, itinerantes o no, y evite el incumplimiento sistemático con el que nos encontramos demasiadas veces los ciudadanos.
Si queréis ponerle un toque de humor a toda esta situación, no os perdáis este corto donde se escenifica todo esto que estamos hablando.