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Modernización y digitalización de la gestión pública

Modernización y digitalización de la gestión pública

Algunas veces pensamos que la gestión pública, o en general las Administraciones Públicas (AAPP), se encuentran más retrasadas con respecto al sector privado, pero en lo que respecta a la digitalización debemos de ser justos y decir categóricamente que no es así. La modernización y digitalización de la gestión pública es algo de lo que hay que hablar.

España ha sido pionera y un referente en EU, y me atrevo a decir que a nivel mundial en proyectos de digitalización o transformación digital, porque ya en el año 1996 se pone en marcha el proyecto de CERES dentro de la FNMT para dotar a los ciudadanos y empresas de una identidad digital.

Una historia de modernización y digitalización de la gestión pública en España

A principios de los años 2000, en modernización y digitalización de la gestión pública en España, se llevan a cabo proyectos tan interesantes y novedosos como:

  • En el año 2003 se crea la primera Ley de Firma electrónica la Ley 59/2003 en el que se regulan los tipos de firma electrónica y  los certificados digitales y tipos de identidad digital.
  • En el año 2003 se lanza el primer Proyecto de Receta Electrónica de España, concretamente en Andalucía. La implantación en otras Comunidades fue paulatina.
  • Visado Telemático de proyectos tecnológicos:  arquitectos e ingenieros empiezan a usar la firma digital para el visado de sus proyectos y, como prueba  de ello, podéis ver la experiencia del Colegio de Arquitectos de Castellón.
  • En el año 2007 la DGT junto con los Gestores Administrativos inician el proyecto de la matriculación telemática de vehículos. Ahora no sólo se puede matricular de forma online vehículos, sino que también se pueden realizar transferencias de los mismos en caso de compra-venta.
  • En el año 2009 se emite el primer eDNI.

Todas estas iniciativas van acompañadas de la legislación, pero en muchas ocasiones ya sabemos que la tecnología se anticipa a la norma.
En este sentido, desde las Administraciones Públicas (AAPP), se regulan todos los aspectos de los procesos digitales como hemos mencionado antes, pero con leyes como la Ley 11/2007 del acceso de los ciudadanos a los servicios públicos, las diferentes normas e iniciativas a nivel de la facturación electrónica se adelantan a la legislación. Podemos ver ejemplos en la creación del punto general de entrada de las facturas (FACE) emitidas a las AAPP entre otras.

Principal legislación de firma electrónica en España

Una de las leyes más representativas de todo esto es la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece en su artículo 14 lo siguiente:

Artículo 14.2. En todo caso, estarán OBLIGADOS A RELACIONARSE A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:

  • Las personas jurídicas.
  • Las entidades sin personalidad jurídica.
  • Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
  • Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
  • Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

En definitiva en España han sido y son las AAPP quienes deben potenciar, dinamizar y al final obligar a la relación digital con los ciudadanos y así lo han hecho. Y entre otras cosas porque son las AAPP las primeras beneficiosas en realizar dichos trámites ya que consiguen tanto para ellos como para los ciudadanos beneficios tan obvios como:

  • Aumenta el control a todos los niveles
  • Ahorro de tiempo, desplazamientos y costes en general
  • Evita colas de espera y saturación de las oficinas de atención al público de la administración
  • Ahorro de personal

Sobre las APP y la  evolución de la Firma Digital hablaremos en el próximo evento de Firma Digital, Más Allá de la Tinta el próximo mes de mayo. ¡Inscríbete aquí!

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